Síndrome post covid obliga a trabajadores a ampliar incapacidades

En estos momentos el virus para los trabajadores está catalogado dentro de las enfermedades generales y los patrones ya no pagarán el salario sino el IMSS.

"Lo ideal es que los trabajadores no se vayan a la cuarentena sin incapacidad para evitar despidos". | Iván Carmona
Toluca /

El Oficial Mayor de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Jorge Díaz Galindo Hurtado, señaló que desde la semana pasada el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está realizando pruebas covid-19 en las Unidades de Medicina Familiar con la ventaja de que sí el trabajador sale positivo, de inmediato puede pedir su incapacidad y en caso de ser necesario, extenderla hasta que se recupere por completo, ya que el síndrome genera múltiples afectaciones al cuerpo.

Refirió que en estos momentos el virus para los trabajadores está catalogado dentro de las enfermedades generales y los patrones ya no pagarán el salario sino el IMSS. “Si bien no es 100 por ciento a partir del primer día, tal y como pasa con los accidentes o el riesgo de trabajo para el personal de salud; si es 60 por ciento a partir del cuarto día. Lo ideal es que los trabajadores no se vayan a la cuarentena sin incapacidad para evitar despidos”.

Esta incapacidad puedes pedir

Las incapacidades –explicó- son por 14 días, tiempo que vive el virus SARS-CoV-2 en el organismo, sin embargo, las secuelas o el síndrome post covid en algunos casos son muy fuertes y se requiere de más tiempo para recuperarse, situación que debe ser valorada por el médico general, sin abusar porque no faltará el trabajador que no quiera regresar a laborar.

“Conforme pasan más casos, se suman más estudios y datos, el síndrome trae una serie de malestares porque ataca al sistema musculo-esquelético y nervioso, genera alteraciones a la piel, padecimientos que no se recuperan en 14 días como el olfato o el gusto, insomnio, problemas depresivos o problemas respiratorios”.

Aunque todavía no hay protocolo científico que demuestre cuáles son las lesiones, lo se reporta es que 10 por ciento de las personas que estuvieron intubadas tienen problemas de tipo cognitivo o pierden los conocimientos, “se les borró la memoria”.

Recordó que el sector salud tienen varias semanas realizando pruebas y quienes acudan solo deben presentar la sintomatología. “La petición que hicimos con el Consejo Coordinador Empresarial del Estado de México (CCEM) tuvo eco y ya hay pruebas”.

Las filas, al igual que en los módulos del ISEM, son muy largas y si bien la idea era que se atendiera a 30 o 50 trabajadores, diariamente se atienden entre 150 y 200 personas de todas las edades. “Están resultando muchas positivas, quienes de inmediato deben entrar a un periodo de confinamiento”.

Asimismo, Díaz Galindo aclaró que no existe obligatoriedad del trabajador de realizarse la prueba covid para poder laborar, sin embargo, en el caso de aquellos que salieron positivos, incapacitados y van a regresar, pero no tienen dinero para hacerse la prueba o no quieren, solo deben presentar el alta del médico familiar del IMSS. “Con una hoja sellada del Instituto que diga que ya está dado de alta, el patrón debe recibirlo, en caso contrario originará una causal por despido injustificado”.

Despidos por falta de presupuesto

Por otra parte, refirió que, si algunos patrones se ven obligados a despedir a su personal vulnerable porque la situación económica ya no les permite mantenerlo en la nómina, están en su derecho, sin embargo, deben hacerlo conforme a la Ley Federal del Trabajo en atención a que se trata de un despido injustificado, aunque también puede haber un acuerdo entre las partes.

Finalmente sostuvo que no hay una sanción como tal por parte del gobierno federal que ha exhortado en todo momento a no despedir a adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad. “Las sanciones se anunciaron para las outsourcing, quienes normalmente contratan y despiden a los trabajadores sin mediar ni respetar la ley, pero si un patrón concluye que ya no puede sostenerlos, está en su derecho de liquidarlos y el empleado de demandarlo o conciliar”.

KVS

  • Alondra Ávila
  • alondra.avila@milenio.com
  • Comunicologa por el CUSXXI y con 16 años de experiencia en medios de comunicación. Desde 2012 colabora en Milenio Estado de México en la sección de Negocios. Ganadora del 9o Premio al Periodismo sobre Innovación Científica y Tecnológica en 2018.

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