Un nuevo capítulo se abrió en la lucha por los derechos de las y los trabajadores en México, esta ocasión, para extender el tiempo mínimo de descanso durante la jornada laboral, usualmente utilizada- más no limitante- para comer.
De hecho, en una nota conceptual de la Secretaría de Gobierno (Segob) del 2018— que cita a la Organización Internacional del Trabajo (OIT)— se especifica que dicho descanso también puede ser destinado a otras actividades permitidas en el lugar del trabajo, tales como lactar, descansar, tomar alguna bebida o incluso rezar.
Para ello, en la Ley Federal del Trabajo (LFT) se estipula un descanso de 30 minutos, por lo menos, durante la jornada laboral. Sin embargo, una reforma podría cambiar este panorama e incrementar al doble la llamada “hora de comida”.
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¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre la hora de comida?
La propuesta enviada por la Senadora Julieta Ramírez , del grupo parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), establece modificar el artículo 63 de la LFT, respecto al tiempo de descanso.
El lineamiento estipula que un o una trabajadora tiene derecho a un receso de 30 minutos, como menos, por cada jornada que se haya laborado de manera continua; aplicándose por igual a las jornadas diurnas, las nocturnas y las mixtas.
Pero con el proyecto de la Senadora dicho receso se extendería al doble de lo actual; es decir, pasaría de ser de 30 minutos a una hora mínimo.
El descanso es un derecho laboral plenamente reconocido nacional e internacionalmente por estar directamente relacionado con la protección de la salud mental y física. De ahí que es irrevocable y su aplicación no debe estar condicionada.
Y si bien este periodo suele ser utilizado en México para comer, otras personas lo aprovechan para realizar diversas actividades: desde ir al banco, completar algún trámite pendiente o únicamente descansar. Esto debido a que la propia LFT no especifica cuáles actividades pueden realizarse, sino únicamente garantiza el derecho a descansar.
Incluso, y en ese sentido, el artículo 64 de la misma Ley especifica que si la o el trabajador no puede salir del lugar donde labora durante su receso, por cuestiones ajenas, la empresa deberá computar ése tiempo como tiempo efectivo de trabajo.
Las jornadas en méxico...¿Cuáles son y cuántas horas laboran?
La LFT regula tres jornadas de trabajo: la diurna (de ocho horas), contemplada entre las 06:00 horas y las 20:00 horas; la nocturna (siete horas), entre las 20:00 horas y las 06:00 horas, y la mixta (siete horas y media) que comparte horarios de las dos anteriores.
Más “tiempo de comida” se une a las leyes en pro de las y los trabajadores
Al tratarse de una iniciativa de reforma, el proyecto de Julieta Ramírez deberá pasar a las comisiones correspondientes en el Senado, antes de llegar a la discusión y eventual aprobación en el Pleno.
Una vez con el ‘visto bueno’ de la Cámara Alta, será remitido a la Cámara de Diputados. Ahí seguirá el mismo protocolo y, de obtener 'luz verde', finalizará con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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La iniciativa de la morenista se une a las otras reformas promovidas para mejorar las condiciones laborales en México; siendo una de las más recientes la de la “Ley Silla”, promulgada a finales del 2024.
Esta legislación obliga a empresas de los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos a proveer “el número suficiente de asientos o sillas con respaldo” a su plantilla laboral, con el fin de realizar sus funciones o tener un descanso periódico durante la jornada.
Años atrás, en 2022, el Congreso también aprobó la Ley de las Vacaciones Dignas, la cual aumentó el periodo vacacional de seis a doce días para quienes cumplieran su primer año de antigüedad. Consecuentemente, se incrementarán dos días por cada año laborado.
ASG