El 1 de octubre de 2023 entró en vigor la segunda fase del etiquetado frontal de advertencia para alimentos y bebidas procesados.
El cambio está sujeto en la regulación de la Norma Oficial Mexicana 051y aplica tanto para alimentos como bebidas no alcohólicas preenvasadas de fabricación nacional o extranjera. Te decimos de qué trata y si involucra más sellos de advertencia.
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A tres años de la implementación de las modificaciones a dicha norma, la Alianza por la Salud Alimentaria indica que cerca de 56 por ciento de los productos de la industria ha tenido algún tipo de reformulación, con el fin de disminuir el número de sellos en su catálogo.
¿Qué son los sellos de advertencia?
La legislación establece que el sistema de etiquetado frontal del país debe estar basado en sellos de advertencia, un mecanismo que se sitúa en la parte superior de los empaques y en la que se debe presentar cuando un producto tenga exceso de energía, nutrimentos, cítricos e ingredientes que presenten riesgos para la salud.
El libro Derecho, comercio y etiquetado nutricional indica que las enfermedades no transmisibles son actualmente la primera causa de muerte a escala global, lo que ha impulsado el crecimiento de políticas públicas que busquen eliminar su prevalencia.
En este tenor, gobiernos como el de México, Perú, Chile y Uruguay han fomentado el uso del mecanismo de advertencia para alimentos y bebidas procesados.
Alejandra Contreras, investigadora Por México y colaboradora de El Poder del Consumidor, destaca que tras la implementación de la norma hubo una reducción hasta de ocho calorías en el caso de refrescos (un gramo de azúcar en 100 mililitros, aproximadamente), lo que aseguró ha ayudado a que los consumidores reduzcan su ingesta calórica.
La norma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica que los octágonos deben ser colocados en la esquina superior derecha de los empaques; mientras, en aquellos que tengan una superficie de exhibición menor a 60 centímetros cuadrados, se pueden colocar en cualquier área.
Además, se debe declarar el uso de cafeína y edulcorantes, así como una advertencia para evitarlo en el caso de niños, si el contenido lo requiere.
De acuerdo con la especialista, se sabe que entre 2020 y 2021 alrededor de 55 por ciento de la población adulta aseguró comprar menos refresco de cola y azucarado; mientras, 53 por ciento dejó de comprar las opciones light.
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En el caso de jóvenes, aseguró que 50 por ciento dejó de adquirir refrescos de cola y regulares y 47.5 por ciento, productos light.
“Este tipo de conductas permite evaluar que el etiquetado tiene un impacto al momento de la compra”, indicó.
¿De qué trata la segunda fase del etiquetado de alimentos?
En septiembre de 2023 concluyó la implementación de la primera fase del etiquetado de advertencia y se dio paso a una nueva etapa, en la que las autoridades señalan que el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria se realizará con los siguientes criterios y valores:
Nutrimentos críticos añadidos al alimento o bebida no alcohólica preenvasado:
- Si se agregan azúcares añadidos, se deberán evaluar azúcares y calorías.
- Si se agregan grasas, se deberán evaluar grasas saturadas, grasas trans y calorías.
- Si se agrega sodio, sólo se deberá evaluar sodio.
Aunque la base de la regulación es la misma, lo que cambia es la cantidad por la que se determina la implementación o no de un sello de advertencia que en este caso quedará de la siguiente forma:
“No hay más sellos, lo que está pasando es que si antes una bebida tenía sellos cuando en 240 ml le ponían una cucharada y media de azúcar, el producto podría tener exceso de calorías o azúcares porque tenía demasiada azúcar en poca cantidad ahora es más estricto y es una cucharadita”, dijo Alejandra Contreras.
Explicó que las disposiciones para el caso de azúcar y sodio añadidos son más estrictos, pero que no involucra la aparición de nuevos sellos en el etiquetado.
“Pueden ocurrir, dependiendo de cómo se mueva la industria, nuevas reformulaciones, o que hará que esos más cantidad de sellos en pastas, botanas saladas, sopas instantáneas, podríamos ver más el sello de exceso de sodio. En lácteos o bebidas azucaradas, el de exceso de azúcar pero va a depender de la industria”, agregó.
Antes de las modificaciones a la norma, se estimaba que cerca de 30 por ciento de los productos podrían quedar sin sellos, con la nueva implementación se estima que la cifra podría ser menor, por lo que las empresas deberán trabajar para evitar tener varias leyendas en sus empaques.
De acuerdo con la ley, todavía resta una última etapa de la implementación de la norma; la fase tres del etiquetado arrancará a partir del 1 de octubre de 2025 y en la que se considera que debe incluirse información complementario en la etiqueta para los productos que tengan azúcares, grasas o sodio añadidos, así como el valor de energía, la cantidad de azúcares libres, grasa saturada, trans y sodio.
“La fase 3 tiene un criterio que modifica la aplicación de la norma. La única diferencia es que ahora si un producto agregó sodio, azúcar o grasa, se considera un producto procesado. Este producto procesado tiene que entrar a evaluación de todos los sellos, no se cambian los criterios pero ya no es sobre el ingrediente añadido sino que si el producto tiene azúcar, grasa o sodio, se aplica la norma”, indicó Contreras.
De acuerdo con la especialista, la implementación escalonada de la norma tiene como base el antecedente del mercado chileno y considerando las propias solicitudes de la industria, que pidieron fuera adaptada de dicha forma, con el fin de adaptar los productos a los consumidores.
La investigadora de mercados Kantar indica que cerca de 23 por ciento de los consumidores del país refirió que sí revisa la información adicional que viene en el envase de los productos que adquiere.
Además de verificar la fecha de caducidad de los alimentos preenvasados (58 por ciento): alrededor de 51 por ciento analiza el contenido de azúcar; 45 por ciento, el de grasas; 41 por ciento, calorías o valor nutrimental; y 37 por ciento, los conservadores.
En 2021, Kantar destaca que 61 por ciento de los compradores refirió adquirir alimentos con menos grasa; 60 por ciento, comida con poca azúcar; 46 por ciento, productos sin conservadores; 32 por ciento, alimentos o bebidas sin lactosa; y 28 por ciento, sin gluten.
“La población sí está leyendo la información que viene en los productos que compra y se podría considerar que es una de las formas que utiliza para cuidar su alimentación, ya que, al revisar qué nivel de azúcar, grasas y calorías tiene el producto, podrá elegir el que mejor le convenga para su salud”, señala el informe de la consultora.
Amparos contra etiquetado de alimentos continúan
El 1 de octubre de 2020 arrancó la implementación etiquetado frontal de advertencia con 30 amparos por parte del sector empresarial en contra. Pese a que las autoridades federales dieron un plazo para acatar las disposiciones, las medidas continuaron.
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El Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (ConMéxico) indicó que eran varias las firmas que estaban buscando hacer frente a las disposiciones ante la vía legal. Para 2022 ya sumaban más de 120 amparos para evitar la implementación de las disposiciones.
El Poder del Consumidor refiere que a la fecha hay tres amparos en el pleno, interpuestos por Santa Clara, Herdez y Barrilitos; mientras, en la segunda sala de la corte hay cuatro interpuestos por Nestlé, Bimbo, Propimex y ConMéxico. Dichas medidas están en espera de ser discutidas por parte de los ministros.
CMOG