Juana Fuentes Velázquez, directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces del Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) , afirmó que el Comité del Poder Judicial acató una medida cautelar dictada en un juicio de amparo, mientras que el Poder Legislativo la ignoró y decidió no cumplirla.
“El Comité del Poder Judicial cumplió lo que le ordenaron en un juicio de amparo, en el que se decretó una suspensión. Actuaron conforme a la ley de amparo, que obliga a acatar estas resoluciones”, señaló en entrevista con Jaime Núñez para MILENIO Televisión.
¿Qué pasó con el Poder Legislativo?
En contraste, señaló que el Poder Legislativo desechó dicha suspensión sin fundamentos legales.
“El Poder Legislativo, sin ningún argumento válido, decidió no hacer caso de esta suspensión. Esto refleja una constante en los actos relacionados con la reforma judicial y otros procedimientos”, afirmó.
Además, advirtió que el incumplimiento de resoluciones judiciales pone en riesgo la división de poderes y la estabilidad del Estado de derecho.
“Si cualquier autoridad decide no cumplir una resolución judicial, el país se construye sobre escenarios de vulneración y se destruyen los principios básicos del Estado de derecho”, indicó.
Jufed rechaza postura de Monreal
Respecto a los comentarios del coordinador de Morena en la Cámara de Diputados Ricardo Monreal, quien afirmó que los amparos en materia electoral no proceden, Fuentes Velázquez rechazó dicha postura.
“Ni tiene competencia ni facultades para hacer un pronunciamiento de este tipo. Eso le corresponde exclusivamente al Poder Judicial de la Federación cuando se impugnan esas decisiones”, dijo.
¿Qué pasa con la reforma judicial?
El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) suspendió en el ámbito de sus atribuciones, la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de jueces, magistrados y ministros que serán elegidos por voto popular en junio del presente año, debido a que un juez federal se los ordenó.
Durante la noche del martes 7 de enero, el Comité emitió un acuerdo notificando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que recibió el acuerdo emitido por Juzgado Primero de Distrito en el estado de Michoacán.
En el que también ordena a la Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo suspender actividades mientras se resuelve de fondo un juicio de amparo, o de lo contrario se dará vista a la Fiscalía General de la República (FGR) por desacato.
La suspensión definitiva se concedió respecto de las: "normas generales (leyes federales y/o secundarias) que pudieran derivar en la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma al Poder Judicial, esto es, para que, sin perjuicio de sustanciar el proceso legislativo correspondiente, las normas generales que resulten de tales actos legislativos no se apliquen en la esfera jurídica de las personas juzgadoras federales, integrantes de la parte quejosa”.
RM